Cuando vamos a solicitar ayudas para empresas, bien sean para la ejecución de proyectos de I+D+i o para inversiones materiales o inmateriales, nos encontramos con las dos formas más habituales. Por un lado, se encuentran las subvenciones a fondo perdido, en las que el importe otorgado no tiene que ser reembolsado a la entidad financiadora.
Por otro lado, los préstamos, en los que el importe sí debe ser devuelto en los plazos y cuotas previamente acordadas o que aparezcan expuestas en las correspondientes bases reguladoras. Hay que tener en cuenta que estos préstamos conllevan intereses, muchos de ellos vinculados total o parcialmente al Euribor. De este modo, en los últimos meses estos intereses se han visto incrementados y, en algunos casos, también hay que tener en cuenta que pueden tener comisiones de apertura o de cancelación anticipada.
Pero, no todo es negativo. Hay que tener en cuenta que los préstamos también tienen algunas ventajas a la hora de solicitarlos. Por ejemplo, una vez concedidos se desembolsan, al menos en parte, con carácter anticipado al inicio de la ejecución del proyecto de I+D+i o de inversión. Por otro lado, no suelen tenerse en cuenta en índices de riesgos financieros, ofrecen un porcentaje de ayuda calculado sobre el presupuesto mucho mayor que el de las subvenciones y sus periodos de carencia y amortización son ventajosos para las entidades beneficiarias, en comparación con otros tipos de líneas de financiación.
Cuando hablamos de devoluciones, reembolsos o amortizaciones, hemos de aclarar que hacemos referencia a cuotas que estaban ya previstas en la resolución, en base al presupuesto aprobado. No obstante, estos pueden sufrir cambios si finalmente el presupuesto concedido cambia. La ayuda final siempre va a ser acorde al presupuesto justificado y certificado por la entidad financiadora. Además, si la ayuda contemplaba pagos anticipados y el presupuesto finalmente ejecutado es menor del prevista, quizás proceda un reintegro de ajusto, previo al inicio de las amortizaciones del préstamo.
No podemos olvidar las cada vez más habituales ayudas que combinan ambas opciones. Reciben el nombre de ayudas parcialmente reembolsables y que son frecuentes en entidades como CDTI. En este caso, se otorga una ayuda de lo que solo se devuelve un parte.
También existen las ayudas “en especie” dirigidas a pequeñas y medianas empresas para cubrir servicios de asesoramiento en diversas áreas, como el desarrollo empresarial, la expansión internacional o la transformación digital.
Fuente: María Tallón (Eurofunding)
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