Las medidas excepcionales tomadas por CDTI se producen debido a la alerta por coronavirus con efecto retroactivo desde el 14 de marzo 2020
Suspensión del cómputo de plazos administrativos en el CDTI
Se suspenden los términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos administrativos del CDTI: aquellos regulados mediante convocatoria pública, los procedimientos de emisión de informe motivado y los procedimientos de contratación.
El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en el que termine el periodo de estado de alarma
Ampliación de los plazos de justificación de las ayudas parcialmente reembolsables del CDTI
El CDTI ampliará en un mes, los plazos de justificación de los proyectos apoyados con ayudas parcialmente reembolsables cuyo vencimiento se produzca durante el período que dure esta situación.
Esta medida se aplica a todas las ayudas de las siguientes tipologías:
Exención de garantías
El CDTI aplicará una reducción de las garantías solicitadas a todos los proyectos de I+D+I (no solo a los proyectos Cervera en cooperación con centros tecnológicos) desarrollados por PYMES y Midcaps -empresas independientes de hasta 1.500 trabajadores- que sean aprobados a partir del 14 de marzo de 2020. Gracias a esta medida, las pymes y empresas de mediana capitalización quedarán exentas de aportar garantías, siempre y cuando la adecuación empresa/proyecto cumpla con la mínima solvencia económica exigida por el CDTI y en los siguientes límites:
Esta extensión de la exención de garantías es aplicable a todas las ayudas parcialmente reembolsables del CDTI: proyectos de I+D (incluidos CIEN y Proyectos de Cooperación Tecnológica), Proyectos de I+D Transferencia Cervera y Líneas de Innovación LIC y LIC-A.
Se espera poder movilizar un volumen total de ayudas sin garantías por un valor cercano a los 500 millones de euros.
Cuando la actividad de I+D+I esté relacionada con los productos considerados de emergencia por el Gobierno en relación con el COVID-19, la minoración de garantías se verá ampliada a los siguientes límites:
Actualmente, estos productos de emergencia son de los tipos referidos en la Orden del Ministerio de Sanidad SND/233/2020, de 15 de marzo de 2020.
Medidas adicionales
Estas medidas se completan con la ampliación de la Línea Directa de Expansión (LIC-A) a todo el territorio nacional, de acuerdo con el mapa de ayudas regionales, a partir del mes de abril y con una flexibilización del periodo de justificación de las ayudas parcialmente reembolsables y de las subvenciones, en aplicación del RD 463/2020 y de forma inmediata
Fast track para la aprobación de proyectos CDTI
Mientras se mantenga la situación de emergencia relacionada con el COVID-19 y sus efectos sobre la actividad económica, el CDTI implementará un fast track de gestión para todos los proyectos presentados, con el objetivo de ayudar a las empresas a mantener inversiones estratégicas e intentar paliar, al menos en parte, el efecto negativo sobre sobre el empleo cualificado. El CDTI evaluará, de manera continua, los proyectos de I+D+I apoyados con ayudas parcialmente reembolsables y propondrá aumentar la frecuencia de celebración de reuniones de su Consejo de Administración en formato telemático para acelerar al máximo su proceso de aprobación y la concesión de ayudas en un momento de desaceleración económica.
Este fast track también dará prioridad a los proyectos relacionados con productos considerados de emergencia en la Orden del Ministerio de Sanidad ya referida.
Flexibilización de Criterios INNVIERTE
CDTI ha flexibilizado (hasta el 30/06/2020) algunos de los criterios bajo los que opera Innvierte en el régimen de coinversión:
Telfs de contacto del CDTI disponibles en este enlace
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El portal consta de un buscador de ayudas y subvenciones de ámbito municipal, autonómico, nacional y europeo. Podrás consultar buscando por distintos filtros y acceder a un resumen con los detalles más relevantes de las mismas y enlaces a las convocatorias oficiales.
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